El divorcio es una de las causas por las que se extingue el matrimonio. La sentencia de divorcio declara disuelto el matrimonio.
La separación matrimonial no extingue el matrimonio, mantiene vivo el vínculo matrimonial. Los cónyuges siguen casados y no podrán volver a contraer nuevo matrimonio, al contrario de lo que ocurre con el divorcio en el que los divorciados si que podrán volver a contraer matrimonio. La anterior es la diferencia fundamental entre el divorcio y separación matrimonial.
Intervención judicial.- La disolución del matrimonio por divorcio, o la separación matrimonial, solamente pueden ser declarados por sentencia judicial. El divorcio y la separación matrimonial tienen que solicitarse judicialmente mediante una demanda de mutuo acuerdo o mediante demanda contenciosa. En ambos casos se requiere que los cónyuges estén representados por procurador y asistidos por abogado.
El divorcio de mutuo acuerdo.- Es aquel en el que ambos cónyuges solicitan el divorcio conjuntamente en un mismo escrito de demanda y bajo la misma representación y generalmente bajo la asistencia del mismo abogado, aunque nada impide que puedan intervenir dos abogados, uno por cada cónyuge. Una variante de dicho procedimiento es el de “divorcio con el consentimiento del otro cónyuge”, en este caso únicamente uno de los miembros de la pareja solicita el divorcio expresando en la demanda que lo hace con el consentimiento del otro. Como en el caso anterior, también la demanda habrá de ser firmada por abogado y procurador. la tramitación posterior es idéntica al procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo.
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